Vos
nos conoces, los docentes eligen los tribunales de clasificación
descentralizados
En la Feb de nuestra ciudad hubo una reunión
para cerrar información sobre
el
importante acto eleccionario que habrá el 27 de noviembre de
2008, donde los Docentes elegirán, la FEB lleva adelante el slogan
Vos Nos Conoces.
Tras 18 años de espera, los docentes en actividad
de la provincia de Buenos Aires, podrán elegir a sus representantes
en los Tribunales de Clasificación tal como lo establece el Estatuto
del Docente (Ley 10.579).
Del acto eleccionario -que se realizará el próximo 27
de noviembre- deberán participar obligatoriamente todos los maestros
que se desempeñen en el ámbito de la educación
de gestión estatal y que tengan como mínimo un año
de antigüedad en sus cargos, al 31 de mayo de 2008.
Cabe destacar la importancia de este ejercicio democrático que
permitirá a los maestros elegir a quienes se deberán hacer
cargo de la defensa de sus derechos. De acuerdo con el artículo
42 del Estatuto del Docente, la elección se debe realizar cada
tres ciclos lectivos; sin embargo no se lleva a cabo desde el año
1990, constituyéndose durante este período en un reclamo
gremial, ahora canalizado por la Resolución 293/08 que habilita
la elección.
En los últimos días se confirmó que el próximo
jueves 27 de noviembre la Federación de Educadores Bonaerenses
(FEB) presentará candidatos a nivel provincial y regional en
la elección de Tribunales de Clasificación Docente.
En esa fecha en todo el ámbito provincial los agentes de la educación
elegirán los Representantes Docentes que van a integrar los Tribunales
de Clasificación Centrales y Descentralizados.
Están en condiciones de votar todos los Docentes: Titulares,
Provisionales y Suplentes de la Dirección General de Cultura
y Educación de la Provincia de Buenos Aires, que se encuentren
prestando servicios en todos los niveles y modalidades de la enseñanza,
cuyos cargos / módulos / horas cátedras de base hayan
sido cubiertos por los mecanismos legales establecidos por la cartera
educativa provincial; que tengan una antigüedad mínima de
un año.
El Docente deberá votar una sola vez para el Tribunal Central
(un voto por cada rama y/o modalidad en la que trabaje) y una sola vez
para el tribunal Descentralizado de la Región en la que se desempeña
(si trabajara en más de una Región deberá votar
en las regiones correspondientes al Tribunal Descentralizado de la Región
respectiva).
En cada una de las 25 Regiones Educativas (que agrupan a los 134 distritos
de la Provincia) funciona un tribunal descentralizado. Nuestra ciudad,
por ejemplo, pertenece a la Región 13 y funciona la sede del
Tribunal Descentralizado Nº 7.
Elecciones obligatorias
Las elecciones para todos los docentes son obligatorias. El acto electoral
del próximo 27 se desarrollará de 9:00 a 18:00 y en nuestra
ciudad habrá ocho mesas habilitadas para los comicios.
Esta votación tiene una particularidad. Está subdividida
entre tribunal descentralizado y también, por otra parte, se
elegirá en cada caso para el tribunal central de la rama a la
cual pertenecen. Por ejemplo si un docente trabaja en Primaria y en
Inicial, votará tres veces, una para el tribunal regional N°
7 con sede en Pergamino, otra para el tribunal central de Primaria y
otra para el tribunal central de Inicial.
Para el tribunal descentralizado, la FEB presenta la “50 FEB”,
una de las listas oficializadas que reúne a docentes del distrito
en condiciones de ser votados.
Funciones de los Tribunales de Clasificación
El Tribunal de Clasificación es una entidad creada por el Estatuto
del Docente (artículo 47 de la Ley 10.579). Las funciones de
los Tribunales de Clasificación Centrales son: Velar por la correcta
aplicación del Estatuto del Docente y su Reglamentación;
Fiscalizar la correcta valoración de los datos que figuren en
la foja de servicios de cada miembro del personal docente o en el legajo
de los aspirantes, a efectos de su debida ubicación en la clasificación
general; Verificar anualmente la clasificación del personal titular
en ejercicio; Fiscalizar los listados por orden de méritos de
los aspirantes a ingreso en la docencia, provisionalidades y suplencias;
Dictaminar en los pedidos de ascensos, reincorporaciones, traslados,
permutas, permanencia en actividad y en todo movimiento del personal
que reviste carácter definitivo.
Dictaminar en los pedidos de servicios provisorios interregionales;
Analizar y dictaminar en materia de plantas orgánico-funcionales
de servicios educativos; Intervenir cuando medie recurso jerárquico
en subsidio en los reclamos sobre calificación y servicios provisorios
cuando la decisión prevenga del pertinente Tribunal Descentralizado,
teniendo su decisión carácter final; Verificar que los
aspirantes a participar en concursos reúnan los requisitos establecidos
a tal fin y confeccionar las nóminas correspondientes; Dictaminar
en las licencias motivadas por estudios especiales, trabajos de investigación
en el país o en el extranjero, por obtención de becas
para perfeccionamiento cultural y profesional; Dictaminar en los servicios
provisorios y permutas interjurisdiccionales, de acuerdo con la legislación
vigente; Intervenir en el cambio de funciones por disminución
de aptitudes psico-físicas.
En tanto, son funciones de los Tribunales de Clasificación Descentralizados:
Dictaminar en los pedidos de servicios provisorios regionales; Dictaminar
en reubicaciones transitorias; Intervenir en carácter de informantes
en todo asunto que deba ser resuelto por los Tribunales de Clasificación
Centrales; Confeccionar los listados por orden de méritos de
aspirantes a provisionalidades y suplencias; Realizar la valoración
de títulos y antecedentes en caso de concurso y confeccionar
los respectivos listados cuando los Tribunales de Clasificación
Centrales lo soliciten.
Efectuar el control de las razones invocadas para solicitar traslado.
La lista N1 50- FEB esta compuesta por:
REPRESENTANTES DOCENTES PERMANENTES
TITULARES
PRADOS, CLAUDIA B. AE EEE 502 PERGAMINO
ANTONETTI, HILDA C. MS PP 42 PERGAMINO
SUPLENTES
CAMARGO, STELLA MARIS BI EET 1 SALTO
de GAETANI, LAURA G. D PP 13 COLON
REPRESENTANTES DOCENTES NO PERMANENTES
• EDUC. INICIAL
TIT. FONDATO, MARIA S. D JI 909 PERGAMINO
SUP. LEMOS, BEATRIZ E. MI JI 912 PERGAMINO
• EDUC. PRIMARIA
TIT. KOORNSTRA, MARIA VD PP 1 R. ROJAS
SUP. SMYTH, ALICIA M. D PP 3 S.A. DE ARECO
• EDUC. SECUNDARIA
TIT. GIROUD GUILLET, LUIS A. R EMM 4 PERGAMINO
SUP. CAVALLERO, ANA M. PR EET 1 COLON
• EDUC. ADULTOS Y FORMACION PROFESIONAL
TIT. NAVARRO, MARIA DEL C. MC CEA 705 PERGAMINO
SUP. MASTRONARDI, STELLA M. MC CEA 702 PERGAMINO
• EDUC. ESPECIAL
TIT. BONO, MARIA S. D EEE 501 S.A. DE ARECO
SUP. OCHOA, NORMA S. DM EEE 503 PERGAMINO
• EDUC. ARTISTICA
TIT.CASAMASSIMA, MIRIAM PR CONS 1 PERGAMINO
SUP. VECINO, EDUARDO PF CONS 1 PERGAMINO
• EDUC. FISICA
TIT. de MAYO, FERNANDO J. S CEF 99 PERGAMINO
SUP. ALMAZAN, ALBERTO A. PF PP 22 PERGAMINO
• EDUC. SUPERIOR
TIT. SORCHILLE, MARTA I. MS ISFT 143 S.A. DE ARECO
SUP. ZEBALLOS, NORMA M. PF ISFD 5 PERGAMINO
• PSICOLOGIA COMUNITARIA Y PEDAGOGIA SOCIAL
TIT. LAURENCO CIDADES I.M. MR PP3 PERGAMINO
SUP. DARVICH, MARGARITA B. GP CEC 801 PER