. AÑO VI
Vos nos conoces, los docentes eligen los tribunales de clasificación descentralizados

En la Feb de nuestra ciudad hubo una reunión para cerrar información sobre el importante acto eleccionario que habrá el 27 de noviembre de 2008, donde los Docentes elegirán, la FEB lleva adelante el slogan Vos Nos Conoces.

Tras 18 años de espera, los docentes en actividad de la provincia de Buenos Aires, podrán elegir a sus representantes en los Tribunales de Clasificación tal como lo establece el Estatuto del Docente (Ley 10.579).
Del acto eleccionario -que se realizará el próximo 27 de noviembre- deberán participar obligatoriamente todos los maestros que se desempeñen en el ámbito de la educación de gestión estatal y que tengan como mínimo un año de antigüedad en sus cargos, al 31 de mayo de 2008.
Cabe destacar la importancia de este ejercicio democrático que permitirá a los maestros elegir a quienes se deberán hacer cargo de la defensa de sus derechos. De acuerdo con el artículo 42 del Estatuto del Docente, la elección se debe realizar cada tres ciclos lectivos; sin embargo no se lleva a cabo desde el año 1990, constituyéndose durante este período en un reclamo gremial, ahora canalizado por la Resolución 293/08 que habilita la elección.
En los últimos días se confirmó que el próximo jueves 27 de noviembre la Federación de Educadores Bonaerenses (FEB) presentará candidatos a nivel provincial y regional en la elección de Tribunales de Clasificación Docente.
En esa fecha en todo el ámbito provincial los agentes de la educación elegirán los Representantes Docentes que van a integrar los Tribunales de Clasificación Centrales y Descentralizados. Están en condiciones de votar todos los Docentes: Titulares, Provisionales y Suplentes de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, que se encuentren prestando servicios en todos los niveles y modalidades de la enseñanza, cuyos cargos / módulos / horas cátedras de base hayan sido cubiertos por los mecanismos legales establecidos por la cartera educativa provincial; que tengan una antigüedad mínima de un año.
El Docente deberá votar una sola vez para el Tribunal Central (un voto por cada rama y/o modalidad en la que trabaje) y una sola vez para el tribunal Descentralizado de la Región en la que se desempeña (si trabajara en más de una Región deberá votar en las regiones correspondientes al Tribunal Descentralizado de la Región respectiva).
En cada una de las 25 Regiones Educativas (que agrupan a los 134 distritos de la Provincia) funciona un tribunal descentralizado. Nuestra ciudad, por ejemplo, pertenece a la Región 13 y funciona la sede del Tribunal Descentralizado Nº 7.

Elecciones obligatorias

Las elecciones para todos los docentes son obligatorias. El acto electoral del próximo 27 se desarrollará de 9:00 a 18:00 y en nuestra ciudad habrá ocho mesas habilitadas para los comicios.
Esta votación tiene una particularidad. Está subdividida entre tribunal descentralizado y también, por otra parte, se elegirá en cada caso para el tribunal central de la rama a la cual pertenecen. Por ejemplo si un docente trabaja en Primaria y en Inicial, votará tres veces, una para el tribunal regional N° 7 con sede en Pergamino, otra para el tribunal central de Primaria y otra para el tribunal central de Inicial.
Para el tribunal descentralizado, la FEB presenta la “50 FEB”, una de las listas oficializadas que reúne a docentes del distrito en condiciones de ser votados.
Funciones de los Tribunales de Clasificación

El Tribunal de Clasificación es una entidad creada por el Estatuto del Docente (artículo 47 de la Ley 10.579). Las funciones de los Tribunales de Clasificación Centrales son: Velar por la correcta aplicación del Estatuto del Docente y su Reglamentación; Fiscalizar la correcta valoración de los datos que figuren en la foja de servicios de cada miembro del personal docente o en el legajo de los aspirantes, a efectos de su debida ubicación en la clasificación general; Verificar anualmente la clasificación del personal titular en ejercicio; Fiscalizar los listados por orden de méritos de los aspirantes a ingreso en la docencia, provisionalidades y suplencias; Dictaminar en los pedidos de ascensos, reincorporaciones, traslados, permutas, permanencia en actividad y en todo movimiento del personal que reviste carácter definitivo.
Dictaminar en los pedidos de servicios provisorios interregionales; Analizar y dictaminar en materia de plantas orgánico-funcionales de servicios educativos; Intervenir cuando medie recurso jerárquico en subsidio en los reclamos sobre calificación y servicios provisorios cuando la decisión prevenga del pertinente Tribunal Descentralizado, teniendo su decisión carácter final; Verificar que los aspirantes a participar en concursos reúnan los requisitos establecidos a tal fin y confeccionar las nóminas correspondientes; Dictaminar en las licencias motivadas por estudios especiales, trabajos de investigación en el país o en el extranjero, por obtención de becas para perfeccionamiento cultural y profesional; Dictaminar en los servicios provisorios y permutas interjurisdiccionales, de acuerdo con la legislación vigente; Intervenir en el cambio de funciones por disminución de aptitudes psico-físicas.
En tanto, son funciones de los Tribunales de Clasificación Descentralizados: Dictaminar en los pedidos de servicios provisorios regionales; Dictaminar en reubicaciones transitorias; Intervenir en carácter de informantes en todo asunto que deba ser resuelto por los Tribunales de Clasificación Centrales; Confeccionar los listados por orden de méritos de aspirantes a provisionalidades y suplencias; Realizar la valoración de títulos y antecedentes en caso de concurso y confeccionar los respectivos listados cuando los Tribunales de Clasificación Centrales lo soliciten.
Efectuar el control de las razones invocadas para solicitar traslado.


La lista N1 50- FEB esta compuesta por:

REPRESENTANTES DOCENTES PERMANENTES
TITULARES
PRADOS, CLAUDIA B. AE EEE 502 PERGAMINO
ANTONETTI, HILDA C. MS PP 42 PERGAMINO
SUPLENTES
CAMARGO, STELLA MARIS BI EET 1 SALTO
de GAETANI, LAURA G. D PP 13 COLON
REPRESENTANTES DOCENTES NO PERMANENTES
• EDUC. INICIAL
TIT. FONDATO, MARIA S. D JI 909 PERGAMINO
SUP. LEMOS, BEATRIZ E. MI JI 912 PERGAMINO
• EDUC. PRIMARIA
TIT. KOORNSTRA, MARIA VD PP 1 R. ROJAS
SUP. SMYTH, ALICIA M. D PP 3 S.A. DE ARECO
• EDUC. SECUNDARIA
TIT. GIROUD GUILLET, LUIS A. R EMM 4 PERGAMINO
SUP. CAVALLERO, ANA M. PR EET 1 COLON
• EDUC. ADULTOS Y FORMACION PROFESIONAL
TIT. NAVARRO, MARIA DEL C. MC CEA 705 PERGAMINO
SUP. MASTRONARDI, STELLA M. MC CEA 702 PERGAMINO
• EDUC. ESPECIAL
TIT. BONO, MARIA S. D EEE 501 S.A. DE ARECO
SUP. OCHOA, NORMA S. DM EEE 503 PERGAMINO
• EDUC. ARTISTICA
TIT.CASAMASSIMA, MIRIAM PR CONS 1 PERGAMINO
SUP. VECINO, EDUARDO PF CONS 1 PERGAMINO
• EDUC. FISICA
TIT. de MAYO, FERNANDO J. S CEF 99 PERGAMINO
SUP. ALMAZAN, ALBERTO A. PF PP 22 PERGAMINO
• EDUC. SUPERIOR
TIT. SORCHILLE, MARTA I. MS ISFT 143 S.A. DE ARECO
SUP. ZEBALLOS, NORMA M. PF ISFD 5 PERGAMINO
• PSICOLOGIA COMUNITARIA Y PEDAGOGIA SOCIAL
TIT. LAURENCO CIDADES I.M. MR PP3 PERGAMINO
SUP. DARVICH, MARGARITA B. GP CEC 801 PER