Proyectos
presentados por el bloque de la Coalición Cívica
En la sesión del HCD pasada se aprobó
el cambio de nombre de la calle Rauch, por la del Dr. Raúl Alfonsín,
ordenanza presentada por los ediles de la Coalición Cívica,
también presentaron tres proyectos mas uno que tiene que ver
con el
cambio
de nombre y el gasto que se le provoca a los vecinos, uno sobre transito
y las escuelas y uno que tienen que ver con el arrendamiento de las
banquinas y la redistribución de lo recaudado.
Calle Raul Alfonsín
VISTO
Que en la ciudad de Salto existe una calle denominada Coronel Federico
RAUCH, y ;
CONSIDERANDO:
Que, Federico Rauch fue un coronel prusiano contratado por el presidente
Bernardino Rivadavia, en 1826, para eliminar a los indios ranqueles
que ocupaban las llanuras pampeanas sin siquiera indicársele
por qué debía hacerlo; Que, los estudiosos y escritores
han señalado que los ranqueles eran pacíficos con los
pobladores de origen europeo y criollo; Que, a diferencia del General
San Martín que cuando se refería a los habitantes naturales
de estas tierras escribía “nuestros paisanos los indios”,
el coronel Rauch vino con un buen sueldo a una tierra y una cultura
desconocidas para él y no “para defender a la Patria”
o proteger a los suyo Que, de su cruel tarea dan cuenta los partes militares,
que obran en el Archivo General de la Nación; Que, siempre estamos
a tiempo de enmendar nuestros errores y equivocaciones; Que, en este
caso, la propuesta es que la calle Rauch de nuestra ciudad, sea rebautizada
con el nombre de Presidente Raúl Ricardo Alfonsín, en
reconocimiento a un hombre de la democracia, político, estadista
y firme defensor de los derechos humanos; Que, el Dr. Raúl Ricardo
Alfonsín fue el primer presidente democrático luego del
nefasto período de facto; Que, fue una persona honesta de elevados
valores éticos y firmes convicciones; Que, el pueblo de Salto
le debía un merecido homenaje al único Presidente en ejercicio
que visitó nuestra ciudad.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones
que le son propias, sanciona la siguiente
ARTICULO 1º: Impóngase el nombre de Presidente Raúl
Ricardo Alfonsín a la calle denominada Coronel Federico Rauch,
en la ciudad de Salto.
ARTICULO 2º: Dispóngase la sustitución en los carteles
indicadores de la calle citada del nombre “Coronel Federico Rauch”
por el de “Presidente Raúl Ricardo
Alfonsín”.
Proyecto sobre gastos de vecinos
Que es atribución del Honorable Concejo Deliberante definir la
imposición y cambio de nombres de calles, plazas, parques, paseos,
avenidas CONSIDERANDO:
QUE el cambio o sustitución del nombre de una calle puede generar
gastos a los vecinos, por trámites de cambio de domicilio.
QUE hay familias numerosas para las cuales el trámite significa
una erogación importante;
POR ELLO: EL Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones
que le son propias, acuerda y resuelve la siguiente
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Exímase a los vecinos afectados por el cambio
de nombre de su calle, del pago de los trámites correspondientes
al cambio de domicilio por actualización.
ARTICULO 2°: El Municipio se hará cargo de girar dichos importes
ante la autoridad que corresponda en el orden nacional y reglamentará
el procedimiento a adoptar y la imputación presupuestaria de
los gastos que se demanden.
ARTICULO 3°: Los vecinos que se domicilian en la calle que cambia
de nombre tendrán un plazo de 60 (sesenta) días corridos
desde la promulgación de la Ordenanza respectiva al cambio de
nombre de la calle, para efectuar el cambio de domicilio en forma gratuita.
Proyecto de transito salida de escuelas
Que la Ordenanza de Tránsito 018/2008 no contempla la autorización
para interrumpir el tránsito en el horario de ingreso y egreso
a los establecimientos escolares, y,
CONSIDERANDO: Que con la derogación de la Ordenanza 033/2006,
dicha situación quedó sin regular. QUE es inquietud de
los responsables de los establecimientos educativos, la situación
de falta de regulación.
QUE los horarios de ingreso y egreso de alumnos, implica el movimiento
de un grupo numeroso de personas, que no sólo sobrepasa la capacidad
de las veredas, sino que genera un cruce intenso de peatones. QUE la
interrupción momentánea del tránsito será
una herramienta más para garantizar la seguridad de las personas,
y brindar tranquilidad.
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Autorízase el corte de calles frente a los establecimientos
escolares de todos los niveles, durante los 10 minutos anteriores y
los 10 minutos posteriores al horario de ingreso y egreso del alumnado.
El corte deberá realizarse en la intersección de calles
anteriores al acceso de los mismos, permitiendo de esta manera el desvío,
con la debida antelación, del tránsito vehicular y evitando
el bloqueo del mismo.
ASUNTO: PROYECTO DE ORDENANZA MODIFICANDO EL ARTICULO DE LA ORDENANZA
Nº 039/2003
Que la ordenanza Nº 039/2003 contempla los lineamientos
establecidos en la ley Provincial 10342.
Que el art. 6º de la Ley Provincial 10342 (Año 1985) , fue
modificado por la Ley 11269, y que éste fue posteriormente modificado
por la Ley 12326 (Año 2000)
Que se encuentra vigente la modificación del art.6º con
la redacción introducida por la Ley Provincial 13729 en el año
2.007.
Que el art. 6º en cuestión establece la afectación
de la distribución y los porcentajes de las sumas percibidas
en virtud de las adjudicaciones realizadas a favor de terceros, para
el cultivo de las franjas adyacentes a las rutas y/ o caminos integrantes
de la red provincial.
Que es preciso adecuar la Ordenanza, en concordancia con lo establecido
por Ley.
ORDENANZA
ARTICULO PRIMERO: Modificase el art. 8º de la Ordenanza 039/2003
el que quedará redactado de la siguiente manera:
Art. 8º.- Los recursos generados por las adjudicaciones de las
franjas adyacentes de las rutas y/ o caminos integrantes de la Red Vial
Provincial, ingresarán a una Cuenta Especial habilitada a tal
efecto, con afectación a su distribución de la siguiente
forma:
a. Un 60 (sesenta) por ciento para el Consejo Escolar del Partido para
la atención de; I.- Infraestructura edilicia, material didáctico
y equipamiento escolar de su jurisdicción; II.- Gastos de funcionamiento
del Organismo. Del destino de los fondos previsto en el presente inciso
se rendirá cuenta anualmente al Municipio respectivo.-
b. Un 20(veinte) por ciento para las Asociaciones de Bomberos Voluntarios,
con Personería Jurídica, de la jurisdicción municipal
cedente, o para Entidades de Bien Público cuando no existieren
aquellas en el distrito.-
c. Un 20 (veinte) por ciento para el mantenimiento de la red vial municipal.-