. AÑO VI

Proyectos presentados por el bloque de la Coalición Cívica

En la sesión del HCD pasada se aprobó el cambio de nombre de la calle Rauch, por la del Dr. Raúl Alfonsín, ordenanza presentada por los ediles de la Coalición Cívica, también presentaron tres proyectos mas uno que tiene que ver con el cambio de nombre y el gasto que se le provoca a los vecinos, uno sobre transito y las escuelas y uno que tienen que ver con el arrendamiento de las banquinas y la redistribución de lo recaudado.

Calle Raul Alfonsín
VISTO
Que en la ciudad de Salto existe una calle denominada Coronel Federico RAUCH, y ;
CONSIDERANDO:
Que, Federico Rauch fue un coronel prusiano contratado por el presidente Bernardino Rivadavia, en 1826, para eliminar a los indios ranqueles que ocupaban las llanuras pampeanas sin siquiera indicársele por qué debía hacerlo; Que, los estudiosos y escritores han señalado que los ranqueles eran pacíficos con los pobladores de origen europeo y criollo; Que, a diferencia del General San Martín que cuando se refería a los habitantes naturales de estas tierras escribía “nuestros paisanos los indios”, el coronel Rauch vino con un buen sueldo a una tierra y una cultura desconocidas para él y no “para defender a la Patria” o proteger a los suyo Que, de su cruel tarea dan cuenta los partes militares, que obran en el Archivo General de la Nación; Que, siempre estamos a tiempo de enmendar nuestros errores y equivocaciones; Que, en este caso, la propuesta es que la calle Rauch de nuestra ciudad, sea rebautizada con el nombre de Presidente Raúl Ricardo Alfonsín, en reconocimiento a un hombre de la democracia, político, estadista y firme defensor de los derechos humanos; Que, el Dr. Raúl Ricardo Alfonsín fue el primer presidente democrático luego del nefasto período de facto; Que, fue una persona honesta de elevados valores éticos y firmes convicciones; Que, el pueblo de Salto le debía un merecido homenaje al único Presidente en ejercicio que visitó nuestra ciudad.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente
ARTICULO 1º: Impóngase el nombre de Presidente Raúl Ricardo Alfonsín a la calle denominada Coronel Federico Rauch, en la ciudad de Salto.
ARTICULO 2º: Dispóngase la sustitución en los carteles indicadores de la calle citada del nombre “Coronel Federico Rauch” por el de “Presidente Raúl Ricardo
Alfonsín”.
Proyecto sobre gastos de vecinos
Que es atribución del Honorable Concejo Deliberante definir la imposición y cambio de nombres de calles, plazas, parques, paseos, avenidas CONSIDERANDO:
QUE el cambio o sustitución del nombre de una calle puede generar gastos a los vecinos, por trámites de cambio de domicilio.
QUE hay familias numerosas para las cuales el trámite significa una erogación importante;
POR ELLO: EL Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, acuerda y resuelve la siguiente
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Exímase a los vecinos afectados por el cambio de nombre de su calle, del pago de los trámites correspondientes al cambio de domicilio por actualización.
ARTICULO 2°: El Municipio se hará cargo de girar dichos importes ante la autoridad que corresponda en el orden nacional y reglamentará el procedimiento a adoptar y la imputación presupuestaria de los gastos que se demanden.
ARTICULO 3°: Los vecinos que se domicilian en la calle que cambia de nombre tendrán un plazo de 60 (sesenta) días corridos desde la promulgación de la Ordenanza respectiva al cambio de nombre de la calle, para efectuar el cambio de domicilio en forma gratuita.
Proyecto de transito salida de escuelas
Que la Ordenanza de Tránsito 018/2008 no contempla la autorización para interrumpir el tránsito en el horario de ingreso y egreso a los establecimientos escolares, y,
CONSIDERANDO: Que con la derogación de la Ordenanza 033/2006, dicha situación quedó sin regular. QUE es inquietud de los responsables de los establecimientos educativos, la situación de falta de regulación.
QUE los horarios de ingreso y egreso de alumnos, implica el movimiento de un grupo numeroso de personas, que no sólo sobrepasa la capacidad de las veredas, sino que genera un cruce intenso de peatones. QUE la interrupción momentánea del tránsito será una herramienta más para garantizar la seguridad de las personas, y brindar tranquilidad.
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Autorízase el corte de calles frente a los establecimientos escolares de todos los niveles, durante los 10 minutos anteriores y los 10 minutos posteriores al horario de ingreso y egreso del alumnado. El corte deberá realizarse en la intersección de calles anteriores al acceso de los mismos, permitiendo de esta manera el desvío, con la debida antelación, del tránsito vehicular y evitando el bloqueo del mismo.
ASUNTO: PROYECTO DE ORDENANZA MODIFICANDO EL ARTICULO DE LA ORDENANZA Nº 039/2003

Que la ordenanza Nº 039/2003 contempla los lineamientos establecidos en la ley Provincial 10342.
Que el art. 6º de la Ley Provincial 10342 (Año 1985) , fue modificado por la Ley 11269, y que éste fue posteriormente modificado por la Ley 12326 (Año 2000)
Que se encuentra vigente la modificación del art.6º con la redacción introducida por la Ley Provincial 13729 en el año 2.007.
Que el art. 6º en cuestión establece la afectación de la distribución y los porcentajes de las sumas percibidas en virtud de las adjudicaciones realizadas a favor de terceros, para el cultivo de las franjas adyacentes a las rutas y/ o caminos integrantes de la red provincial.
Que es preciso adecuar la Ordenanza, en concordancia con lo establecido por Ley.
ORDENANZA
ARTICULO PRIMERO: Modificase el art. 8º de la Ordenanza 039/2003 el que quedará redactado de la siguiente manera:
Art. 8º.- Los recursos generados por las adjudicaciones de las franjas adyacentes de las rutas y/ o caminos integrantes de la Red Vial Provincial, ingresarán a una Cuenta Especial habilitada a tal efecto, con afectación a su distribución de la siguiente forma:
a. Un 60 (sesenta) por ciento para el Consejo Escolar del Partido para la atención de; I.- Infraestructura edilicia, material didáctico y equipamiento escolar de su jurisdicción; II.- Gastos de funcionamiento del Organismo. Del destino de los fondos previsto en el presente inciso se rendirá cuenta anualmente al Municipio respectivo.-
b. Un 20(veinte) por ciento para las Asociaciones de Bomberos Voluntarios, con Personería Jurídica, de la jurisdicción municipal cedente, o para Entidades de Bien Público cuando no existieren aquellas en el distrito.-
c. Un 20 (veinte) por ciento para el mantenimiento de la red vial municipal.-